E
sta mañana, temprano, estaba a punto de tomar el avión en Alicante. Delante la azafata que daba entrada al embarque comentaba a una madre que iba con su hija pequeña que "en otras compañías con la documentación que llevaba (el libro de familia) no le permitirían embarcar". Me llamó la atención. Claro que, luego, leyendo una noticia en un periódico de ámbito nacional encontré la explicación: hay compañías que operan en España que no respetan nuestras leyes y establecen sus propios documentos identificativos.
La noticia decía que Ryanair negaba el acceso a sus aviones a los menores que, aunque fueran acompañados por sus padres, no dispusieran del pasaporte, único documento identificativo que reconocían. Afortundamente el INC y la fiscalía general parecen no estar dispuestos a permitir tal dislate. Y han presentado una demanda para que esa cláusula (que existe en el farragoso contrato de la compañía con los viajeros) sea declarada ilegal por abusiva por vía de urgencia. Porque no es mínimamente aceptable que una compañía aérea, que, por otro lado, se caracteriza por un escaso respeto a los consumidores viajeros, exija como documentos de identificación aquéllos que según su criterio (¿qué criterio?) son "válidos" a tal fin. ¿Quién es Ryanair para colocarse por ecima de la ley? En nuestro país el DNI de la madre y el libro de familia son suficiente para la identificación de un menor. Negar esa posibilidad es pasar la raya de lo soportable y no debería permitirse. Esta práctica, como otras denunciadas por la OCU, ponen de manifiesto el nulo respeto que algunas compañías tienen por los pasajeros. Y eso sin que podamos dar crédito a la afirmación que dicen que es una forma de evitar tener que aplicar el overbooking, es decir, la denegación de embarque por no disponer de plazas suficientes. Pero podría ser... En cualquier caso, bienvenida la denuncia del INC y la fiscalía general. Sólo cabe esperar una rápida resolución.